Propuesta 5
Garantizar que las pruebas de los dispositivos inalámbricos, las antenas y su funcionamiento evalúan todos los parámetros biológicamente activos de los CEM de radiofrecuencia.
Explicación detallada
La Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno de EE.UU. (GAO, en su acrónimo en inglés) publicó el informe Exposure and Testing Requirements for Mobile Phones Should Be Reassessed (Los requisitos de exposición y prueba de los teléfonos móviles deben ser reevaluados) en 2012, donde dice: "...la exposición real depende de una serie de factores, incluyendo la forma en que se sostiene el teléfono durante su uso... Algunos consumidores pueden utilizar los teléfonos móviles contra el cuerpo, lo cual la FCC no prueba actualmente..."
La realidad es que, a día de hoy, la salud de los consumidores se pone en riesgo por una metodología sumamente anticuada y defectuosa para probar los dispositivos inalámbricos:
- El proceso de certificación de la gestión de activos de software (SAM, en su acrónimo en inglés) es defectuoso
- El parámetro de Tasa de Absorción Específica (TAS o SAR, en su acrónimo en inglés) no se ha medido a 0 mm del oído o de las partes del cuerpo, ya que se inserta un espaciador entre la figura de prueba y el dispositivo.
Se ha descuidado la salud y la seguridad del público europeo, ya que no se ha informado a la gente sobre cómo utilizar los dispositivos inalámbricos de la manera más segura (distancia mínima del oído/cuerpo, sin advertir que no se deben llevar los teléfonos en los bolsillos o muy cerca del cuerpo).
La Resolución 1815 de la Asamblea Parlamentaria, en su punto 8.2.2., dice "aplicar todos los procedimientos necesarios para la evaluación del riesgo para cualquier nueva forma de dispositivo antes de permitir su comercialización". Y en su punto 8.1.5: "aumentar los esfuerzos investigadores sobre nuevos tipos de antenas, teléfonos móviles y dispositivos como los DECT con el fin de reducir costos, ahorrar energía y proteger el medio ambiente y la salud humana, así como fomentar la investigación y el desarrollo de telecomunicaciones basadas en otras tecnologías igual de eficaces, pero menos nocivos sobre el medio ambiente y la salud"
La nueva normativa de seguridad debe incluir:
- Límites auditivos/sensoriales para todos los dispositivos de equipos de radio en lugar de límites de la TAS (SAR)
- La medición a 0 mm de la cabeza, el tronco, la superficie del cuerpo y las extremidades para todas las radiofrecuencias emitidas por los dispositivos (incluidas las bandas de 60Ghz y 5G) (Nota: la normativa más reciente en Francia se refiere a la medición en las extremidades).
- Las normas y sanciones para los fabricantes que no las cumplan
- Instrucciones claramente impresas en la portada de los manuales sobre el uso seguro de los dispositivos
- Pruebas para diferentes tamaños de proporciones corporales
- Introducción de certificados como "seguro para mujeres embarazadas", "seguro para pechos/testículos/ojos"
- Prohibición de la publicidad de dispositivos inalámbricos para niños
- Todos los equipos de radio que emitan cerca de la cabeza o el cuerpo deben mostrar los niveles de efecto auditivo/sensorial (mínimo y máximo), los procedimientos de funcionamiento seguro y el modo de apagado automático configurable para las radios que no se utilicen:
- Teléfonos móviles, tabletas, ordenadores portátiles, ordenadores con Wi-Fi, equipos inalámbricos para ordenadores portátiles y ordenadores, routers inalámbricos, módems inalámbricos, estaciones base
- Juguetes conectados para niños
- Dispositivos inteligentes (relojes conectados, gafas conectadas, auriculares y cascos inalámbricos, cámaras corporales conectadas, cascos de realidad virtual, sensores médicos, rastreadores o cinturones de fitness conectados, cascos de motocicleta conectados)
- Vehículos conectados o con algún equipo de radio (antenas que emiten CEM de radiofrecuencia), bicicletas inteligentes
- Radiocontroles utilizados para vehículos infantiles conectados, drones, maquetas, bicicletas inteligentes
- Walkie-talkies y monitores inalámbricos para bebés
- etc.
- Los dispositivos IoT (equipos domésticos inteligentes, monitores de seguridad inalámbricos, controladores, etc.) deben mostrar los niveles de efecto auditivo/sensorial (mínimo y máximo), los procedimientos de funcionamiento seguro y el modo de apagado automático configurable para las radios que no se utilizan.
Solicitamos a la Comisión Europea que encargue al Órgano de Reglamentación Europea de las Comunicaciones Electrónicas (BEREC, en su acrónimo en inglés) la creación de una base de datos de dispositivos de equipos de radio que hayan superado o suspendido todos los procedimientos contenidos en la Directiva sobre equipos de radio 2014/53/UE.
Cada vez que un dispositivo recibe una actualización de software debe volver a pasar todas las pruebas de conformidad y evaluación. Esto es más importante cuando la funcionalidad del usuario de un dispositivo cambia, por ejemplo, si un dispositivo se convierte en un "dispositivo SMART", debe volver a probarse. En Francia, por ejemplo, la agencia nacional realiza su propio análisis de medición independiente: un dispositivo no se comercializa en el mercado francés si no supera las pruebas de conformidad.
Criterios de medición:
Hay que tener en cuenta las medidas de precaución de EUROPAEM basadas en los valores límite. La electricidad sucia - ruidos de alta frecuencia y transitorios cableados - debe estar cubierta por la normativa tanto en frecuencias más bajas como más altas que las reguladas por las normas actuales.
Deben prohibirse las frecuencias que coincidan con la frecuencia natural del oxígeno u otras sustancias.
Debe seguirse una estrategia de precaución: no se debe poner en marcha ni en marcha sin una evaluación imparcial y equilibrada de las consecuencias para el medio ambiente y la salud.
Los argumentos legales para nuestra propuesta son:
- El artículo 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE: "Las políticas de la Unión garantizarán un alto nivel de protección de los consumidores".
- El artículo 114 del TFUE, §3 (APROXIMACIÓN DE LAS LEYES) donde "La Comisión... se basará en un nivel de protección elevado, teniendo en cuenta especialmente cualquier novedad basada en hechos científicos. En el marco de sus respectivas competencias, el Parlamento Europeo y el Consejo procurarán también alcanzar ese objetivo."
- El artículo 169 del TFUE: "Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Unión contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses."
- El artículo 35 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE: "Toda persona tiene derecho a acceder a la prevención sanitaria y a beneficiarse de la atención sanitaria en las condiciones establecidas por las legislaciones y prácticas nacionales. Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un nivel elevado de protección de la salud humana."
